Debilitar a la reacción: nueva ley agraria

Elevadores de la Junta Nacional de Granos, 1937

Los representantes de la Argentina granero del mundo, los agro-restauradores, no ven la hora de liquidar el modelo de desarrollo de producción, distribución e inclusión social que encara el Gobierno nacional. A tal efecto, y vista la imposibilidad de recurrir a cuarteles y cacerolas instruyen a sus huestes periodísticas, políticas y parlamentarias a librar la madre de todas las batallas.

Pero en este contexto de arremetida por el fin de las retenciones, más que analizar la estrategia y la táctica de la reacción, el proyecto nacional y popular debería aprovechar su fortaleza y creciente consolidación para instalar en la sociedad argentina la necesidad de trabajar por un nuevo modelo agrario. En este sentido, la Argentina más igualitaria y socialmente justa que asoma no puede soslayar trabajar por el retorno de la ley 20.573/73 o “Ley de Comercialización de Granos y otros Productos Agrícolas”, elaborada por el equipo dirigido por Horacio Giberti (1973/74) y que fuera derogada por la dictadura.

En primer lugar, porque si la derogación de las leyes impuestas por la dictadura –como la de radiodifusión– es un deber y una obligación moral, constitucional y democrática, volver a sancionar las leyes de la democracia que la dictadura derogó no puede ser menos. En segundo lugar, porque retornar a dicha ley profundizaría la política agropecuaria oficial que tanto odio y rechazo concita a la Sociedad Rural y sus acólitos. Y no es que gustemos concitar tales sentimientos, ni siquiera viniendo como vienen de las élites más retrógradas.

Ocurre en verdad que tales sentimientos obedecen a la debilidad que las políticas nacionales hacia el sector agrario les provoca día a día. Y es justamente en el acrecentamiento de esa debilidad donde reside la clave de la gran disyuntiva contemporánea.

Elaborada por el equipo dirigido por Horacio Giberti al frente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (1973/74) y promulgada por Juan D. Perón el 24 de diciembre de 1973, la ley 20.573 de “comercialización de granos y otros productos agrícolas” nacionalizó la producción y la comercialización interna y externa agraria argentina, fomentando el depósito en la banca nacional de las divisas generadas por esta actividad, resguardando el abastecimiento, consumo y abaratamiento de la producción destinada al mercado doméstico, aunque en paralelo con el diseño de una estrategia de comercialización externa basada en la protección del interés nacional.

No obstante, haber transferido a la órbita del Estado la totalidad de la producción y comercialización agraria, la 20.573 lo facultó además y a través de la Junta Nacional de Granos (JNG) para constituir empresas mixtas de comercialización estatales y anónimas (en este último caso siempre con mayoría estatal). Su articulado reflejó, asimismo, no sólo la importancia del control y la regulación estatal de la carga, el almacenaje y transporte de la producción, sino que colocó al cooperativismo al nivel de aliado estratégico del Estado, ambos puntales claves en la lucha de­sigual contra el binomio “oligopolio comercializador privado-oligarquía agropecuaria”.

En tiempos en que una Argentina industrialista, socialmente incluyente y democrática despunta, examinar y repensar el contenido de la ley 20.573 –derogada por el gobierno de facto en 1976– constituye una imperiosa e impostergable necesidad.

En fin, es hora de que el lema de la SRA –bien conocido y padecido por todos– tenga un opuesto pero nacional, a imagen y semejanza del cambio de época por el que hoy transita la Argentina: “Debilitar a la reacción es servir a la Patria”. Sirvamos.

Nos vemos,



Contribución: Federico Bernal

Comentarios

Jorge Devincenzi ha dicho que…
Coincido. La actual ley de granos tiene la firma de Joe
daniel mancuso ha dicho que…
Muy buen análisis y buena memoria compañero, como siempre, un gran aporte al proyecto, abrazo enorme...